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Delitos Electorales Sancionados con Cárcel Privación de Libertad

Delitos Electorales que es sancionada con cárcel Privación de Libertad
Delitos Electorales que es sancionada con cárcel Privación de Libertad

El Consejo nacional Electoral del Ecuador CNE presentará acciones penales en contra de quienes generen incidentes durante el proceso electoral. En base el Código Orgánico Integral Penal (COIP) se establecen como delitos los que atenten contra los derechos de participación en Ecuador.


En caso de que se identifique el cometimiento de delitos que afecten el desarrollo del proceso electoral y/o el escrutinio, tipificados en el Código Orgánico Integral Penal (COIP).


Video Capacitación sobre Contravenciones Electorales


Los mencionados se detallan a continuación:

Artículo 331.- Obstaculización de proceso electoral.- La persona que con violencia o amenaza impida u obstaculice un proceso electoral en cualquiera de sus fases, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años. Si la persona responsable es una o un servidor público quedará, además, inhabilitada para ejercer cargo público por el doble del tiempo que dure la pena privativa de libertad.

Artículo 332.- Sustracción de papeletas electorales.- La persona que sustraiga o sustituya fraudulentamente papeletas de votación a los electores, será sancionada con pena privativa libertad de seis meses a dos años.

Artículo 333.- Falso sufragio.- La persona que se presente a votar con nombre supuesto o que vote en dos o más Juntas Receptoras del Voto, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

Artículo 334.- Fraude electoral.- La persona que altere los resultados de un proceso electoral o impida su escrutinio, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años. Si la persona responsable es una o un servidor público quedará, además, inhabilitada para ejercer cargo público por el doble de tiempo de la condena.

Artículo 335.- Sanción.- En todos los delitos, se impondrá además, la pena de pérdida de los derechos de participación por seis meses.